La Comunidad Andina (CAN) ha intervenido de manera decisiva en el creciente conflicto diplomático y comercial que mantienen Ecuador y Colombia. El 7 de mayo de 2026, el organismo regional emitió un conjunto de resoluciones (2581, 2582 y 2593) en las que ordena a ambas naciones el desmantelamiento de sus aranceles recíprocos en un plazo máximo de diez días. Esta medida busca frenar la escalada de tensiones entre los gobiernos de Daniel Noboa y Gustavo Petro, las cuales han puesto en jaque la estabilidad económica de la subregión.
La crisis actual tiene sus raíces en las decisiones tomadas a inicios de 2026. El 21 de enero, el presidente ecuatoriano Daniel Noboa anunció la implementación de una “tasa de seguridad” aplicada exclusivamente a los productos provenientes de Colombia. El argumento central de Quito para justificar este gravamen que inició en un 30% fue la supuesta falta de control efectivo por parte de las autoridades colombianas en su franja fronteriza, lo que, según Ecuador, facilita actividades ilícitas que afectan su seguridad nacional.
Sin embargo, lo que comenzó como una medida de presión política derivó rápidamente en una guerra comercial abierta. Colombia, bajo la administración de Gustavo Petro, no tardó en responder aplicando medidas recíprocas, iniciando un ciclo de “ojo por ojo” arancelario que ha encarecido significativamente el intercambio de bienes entre ambos vecinos.
Lejos de buscar un entendimiento, la situación se agravó drásticamente en mayo de 2026. Desde el primer día de dicho mes, Ecuador elevó la apuesta al cobrar un arancel del 100% a todas las importaciones colombianas. Esta movida fue contestada por Bogotá con la imposición de gravámenes de hasta el 75% a los productos de origen ecuatoriano.
Aunque el Gobierno Nacional del Ecuador intentó suavizar la postura el 4 de mayo, anunciando una reducción de sus aranceles al 75% programada para el 1 de junio, la CAN consideró que estas acciones ya habían causado un daño profundo al marco legal que rige a los países andinos.
La Secretaría General de la CAN, con sede en Lima, Perú fue categórica en sus resoluciones. El secretario general, del organismo regional, determinó la vulneración del Acuerdo de Cartagena entendiendo que la “tasa de servicio de control aduanero” de Ecuador viola el Programa de Liberación de la Comunidad Andina, el cual garantiza el libre flujo de mercancías entre los países miembros desde 1969. Además que existen restricciones ilegales puesto que el arancel recíproco de Colombia también fue calificado como una “restricción al comercio subregional”, invalidando la justificación de represalia bajo las normas del bloque. Por último se lo ha definido como bloqueo logístico donde la resolución 2581 señaló específicamente la decisión de Quito de restringir el comercio terrestre únicamente al Puente Internacional de Rumichaca. Esta medida fue tildada de arbitraria, ya que estrangula las rutas logísticas naturales y entorpece la dinámica comercial.
Más allá de la orden técnica de retirar los aranceles, el organismo regional enfatizó que los problemas de seguridad fronteriza que es el argumento principal de Ecuador no deben resolverse mediante barreras comerciales. El artículo tercero de la resolución 2581 exhorta a ambas naciones a fortalecer sus mecanismos de cooperación y coordinación bilateral.
La visión de la CAN es clara: las problemáticas de seguridad en la frontera deben atenderse mediante acciones conjuntas y diplomacia policial o militar, sin que esto signifique el sacrificio del bienestar económico de los ciudadanos y empresas que dependen del comercio andino. Ahora, con el reloj corriendo, los gobiernos de Noboa y Petro enfrentan la presión de restaurar la legalidad internacional en menos de diez días o enfrentar posibles sanciones adicionales dentro del bloque.
Fuente: Primicias